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Non-Lucrative Visa 2026

Non-Lucrative Visa — residencia en España sin derecho a trabajar

El visado ideal para quienes viven de ingresos pasivos, ahorros, inversiones o una pensión. Residencia legal en España con acceso pleno a la infraestructura y camino a la residencia permanente.

Consulta sobre la Non-Lucrative Visa

Evaluaremos tus finanzas de forma gratuita y te propondremos un plan para obtener la residencia sin derecho a trabajar.

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¿Qué es la Non-Lucrative Visa?

El visado de residencia no lucrativa es un permiso de residencia en España para personas que no van a trabajar por cuenta ajena ni por cuenta propia. Ideal para jubilados, rentistas e inversores con ingresos pasivos.

Duración

Inicial: 1 año. Renovaciones: 2 años + 2 años + 5 años (residencia permanente). Es necesario residir en España al menos 183 días al año.

Derecho a trabajar

NO se permite trabajar por cuenta ajena ni por cuenta propia. Sí se admiten ingresos pasivos: dividendos, alquileres, pensión, intereses.

Requisitos económicos

Mínimo €2.400/mes (o €28.800/año) para el solicitante principal. Por cónyuge: +€600/mes adicionales; por hijo: +€300/mes.

Seguro médico

Obligatorio disponer de seguro médico privado con cobertura completa en España, sin periodos de carencia ni copagos.

Zona Schengen

Libre circulación por todos los países del espacio Schengen. Posibilidad de viajar por Europa sin visados adicionales.

Camino a la residencia permanente

Tras 5 años de residencia continuada, derecho a residencia de larga duración. A los 10 años, posibilidad de ciudadanía española.

Requisitos para la obtención

Condiciones principales para solicitar la Non-Lucrative Visa:

Ingresos pasivos acreditados desde €2.400/mes (€28.800/año)
Ahorros suficientes en cuentas bancarias (recomendado a partir de €30.000)
Ausencia de actividad laboral o empresarial en España
Seguro médico privado con cobertura completa
Certificado de antecedentes penales (últimos 5 años)
Certificado médico de ausencia de enfermedades de riesgo para la salud pública
Contrato de alquiler o escritura de propiedad de vivienda en España
Residir en España al menos 183 días al año

Proceso de obtención

La Non-Lucrative Visa se solicita a través del consulado de España en el país de residencia.

Evaluación y planificación

Analizamos tus finanzas y situación, definimos la estrategia de solicitud y la documentación óptima.

Preparación de documentos

Recopilamos extractos bancarios, certificados, seguro, traducciones y apostillas. Elaboramos la justificación económica.

Presentación en el consulado

Presentamos el expediente completo en el consulado de España. Acompañamiento hasta la resolución (1–3 meses).

Entrada y registro

Tras la aprobación, entras en España en un plazo de 90 días, te empadronas y solicitas el TIE.

Costes

Tasas oficiales y gastos de tramitación:

€80
Tasa consular
Tasa oficial por el visado
€80–200/mes
Seguro médico
Cobertura completa sin copagos
€300–600
Apostilla y traducciones
Traducciones juradas + apostilla
€16
TIE (tarjeta de residente)
Tasa por emisión de la tarjeta
1–3 meses
Plazo de resolución
Depende del consulado y país de solicitud
€80–190
Renovación
Al renovar cada 1–2 años

Consejos útiles

Si tus ingresos están cerca del umbral, acumula una reserva de 12 meses en cuenta (€35.000+) para reforzar la solicitud.
Alquila una vivienda con antelación — un contrato de alquiler de al menos 1 año fortalece mucho el expediente.
Recuerda: con la Non-Lucrative Visa no puedes trabajar. Si eso es un problema, considera la Digital Nomad Visa.
Tras un año de residencia puedes solicitar el cambio de estatus — por ejemplo, pasar a una autorización de trabajo.
Es obligatorio pasar en España más de 183 días al año — de lo contrario, arriesgas perder el estatus al renovar.

Preguntas frecuentes sobre la Non-Lucrative Visa

No. La Non-Lucrative Visa prohíbe expresamente cualquier actividad laboral o empresarial en España. El trabajo remoto también se considera trabajo. Para teletrabajar, la opción adecuada es la Digital Nomad Visa. Sin embargo, los ingresos pasivos (dividendos, alquileres, pensión) sí están permitidos.
Los ingresos estables por staking u otras inversiones en criptomonedas pueden ser considerados como fuente de ingresos pasivos, pero necesitarás acreditarlos mediante extractos bancarios. Los consulados tienen criterios distintos al respecto — te ayudamos a preparar la documentación correctamente.
No. Basta con un contrato de alquiler. No obstante, tener una propiedad facilita la solicitud y la renovación. Si estás pensando en invertir a partir de €500K, valora la Golden Visa, que no exige residir permanentemente en España.
Primera renovación a los 12 meses, por 2 años. Segunda, por otros 2 años. Tras 5 años, residencia permanente (sin restricción laboral). En cada renovación hay que acreditar ingresos, seguro y residencia en España (183+ días).
Sí. El cónyuge y los hijos menores pueden solicitar a la vez. Por cada adulto adicional hay que acreditar €600/mes más de ingresos; por cada hijo, €300/mes. Cada miembro de la familia obtiene su propio permiso de residencia.

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