Non-Lucrative Visa — residencia en España sin derecho a trabajar
El visado ideal para quienes viven de ingresos pasivos, ahorros, inversiones o una pensión. Residencia legal en España con acceso pleno a la infraestructura y camino a la residencia permanente.
¿Qué es la Non-Lucrative Visa?
El visado de residencia no lucrativa es un permiso de residencia en España para personas que no van a trabajar por cuenta ajena ni por cuenta propia. Ideal para jubilados, rentistas e inversores con ingresos pasivos.
Duración
Inicial: 1 año. Renovaciones: 2 años + 2 años + 5 años (residencia permanente). Es necesario residir en España al menos 183 días al año.
Derecho a trabajar
NO se permite trabajar por cuenta ajena ni por cuenta propia. Sí se admiten ingresos pasivos: dividendos, alquileres, pensión, intereses.
Requisitos económicos
Mínimo €2.400/mes (o €28.800/año) para el solicitante principal. Por cónyuge: +€600/mes adicionales; por hijo: +€300/mes.
Seguro médico
Obligatorio disponer de seguro médico privado con cobertura completa en España, sin periodos de carencia ni copagos.
Zona Schengen
Libre circulación por todos los países del espacio Schengen. Posibilidad de viajar por Europa sin visados adicionales.
Camino a la residencia permanente
Tras 5 años de residencia continuada, derecho a residencia de larga duración. A los 10 años, posibilidad de ciudadanía española.
Requisitos para la obtención
Condiciones principales para solicitar la Non-Lucrative Visa:
Proceso de obtención
La Non-Lucrative Visa se solicita a través del consulado de España en el país de residencia.
Evaluación y planificación
Analizamos tus finanzas y situación, definimos la estrategia de solicitud y la documentación óptima.
Preparación de documentos
Recopilamos extractos bancarios, certificados, seguro, traducciones y apostillas. Elaboramos la justificación económica.
Presentación en el consulado
Presentamos el expediente completo en el consulado de España. Acompañamiento hasta la resolución (1–3 meses).
Entrada y registro
Tras la aprobación, entras en España en un plazo de 90 días, te empadronas y solicitas el TIE.
Costes
Tasas oficiales y gastos de tramitación:
Consejos útiles
Preguntas frecuentes sobre la Non-Lucrative Visa
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